La transparencia y el acceso a la información se considera un derecho fundamental, y este se tiene que hacer valer con todas las de la ley, pues es importante saber en qué se gasta el dinero público recaudado de los impuestos de los ciudadanos.
Por: Gael Guardado | criticadn.mx
ITAI el supervisor sin supervisión
Para que el gobierno rinda cuentas a la ciudadanía sobre a donde se destinan el erario los funcionarios, dependencias e instituciones (los sujetos obligados), es necesario tener un instituto de transparencia, en el caso de Nayarit, es el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información (ITAI), presidido por Ramón Alejandro Martínez Álvarez.
Entre las funciones que tiene el ITAI, es estar en una constante supervisión de que los sujetos obligados estén cumpliendo al píe de la letra con lo estipulado en la “Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, así como también en la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Nayarit”, (cabe señalar que la ley estatal es una copia exacta con nombre distinto de la nacional), sin embargo, ¿quién se encarga de supervisar al supervisor?, es decir, al ITAI, ahí es donde entra la figura del Consejo Consultivo.
“Los Organismos garantes contarán con un Consejo Consultivo, que estará integrado por consejeros que serán honoríficos y por un plazo que no exceda a siete años. La ley federal y las de las Entidades Federativas contemplarán lo relativo a la integración, funcionamiento, procedimientos transparentes de designación, temporalidad en el cargo y su renovación” señala la “Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, en su capítulo V, artículo 47.
Lo que el artículo anterior quiere decir, es que, los institutos de transparencia tienen que contar con un grupo de personas por plazos de siete años, estas personas tendrán que asumir voluntariamente las tareas que se requieran en beneficio de la sociedad, y que no recibirán ningún tipo de pago, simplemente alguna compensación de gastos.
En la integración de este grupo (Consejo Consultivo), se deberá garantizar la igualdad de género y la inclusión de personas con experiencia en Trasparencia y Acceso a la Información, así como también en Derechos Humanos, provenientes de organizaciones civiles y no gubernamentales.
FACULTADES DEL CONSEJO CONSULTIVO
Este Consejo Consultivo del que tanto se ha hablado en esta columna, tiene ni más, ni menos que las facultades de:
- I. Opinar sobre el programa anual el trabajo y su cumplimiento;
- II. Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente;
- III. Conocer el informe de los Órganos garantes sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio del año siguiente;
- IV. Emitir opiniones no vinculantes, a petición de los Organismos garantes o por iniciativa propia, sobre temas relevantes en las materias de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales.
- V. Emitir opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones sustantivas de los Organismos garantes.
- VI. Opinar sobre la adopción de criterios generales en materia sustantiva, y
- VII. Analizar y proponer la ejecución de programas, proyectos y acciones relacionadas con la materia de transparencia y acceso a la información y su accesibilidad.
EL ITAI Y SU CONSEJO CONSULTIVO
Con todo lo anterior mencionado, surgen varias preguntas, ¿El Consejo Consultivo del ITAI cumplirá con las fracciones señaladas?, ¿Cumplirá el Consejo Consultivo con una buena integración?, ¿El ITAI tendrá Consejo Consultivo?; Y aunque por más contradictorio que parezca, todas las respuestas de las preguntas anteriores es un rotundo NO, pues ni aunque la ley estatal estipule que se necesita de un Consejo, EL ITAI NO CUENTA CON UNO, entonces, ¿quién supervisa los trabajos que el pleno de consejeros realiza?, ¿Cómo sabremos los ciudadanos que el presupuesto que se destina al ITAI verdaderamente se destina a lo que marcan en los programas que crean?, ¿Quién dice que los programas o las acciones que idea el pleno del instituto no están hechos a conveniencia propia?.
Con todo esto, solo queda una verdadera pregunta y creo yo, la más importante, como confiar en el Órgano que garantiza que los sujetos obligados cumplan con lo estipulado en las leyes de transparencia y acceso a la Información, si ellos son los primeros en incumplirla e ir en contra de ella.
Actualmente, si nos metemos a la plataforma del Instituto y buscamos el organigrama en la fracción II, de la estructura orgánica, observaremos que realmente no se encuentran los integrantes del Consejo Consultivo, por lo que personalmente, me dediqué a buscar al comisionado presidente Ramón Alejandro Martínez Álvarez, que por cierto, nunca se encontraba en su oficina las veces que acudí a las instalaciones del Instituto, traté de contactarlo por otros medios y de igual forma, me negaba mi derecho a la información, pues solo le quería preguntar ¿En dónde está este consejo?.
Dadas las circunstancias anteriores en conjunto a un equipo de criticadn.mx se comenzaron unas investigaciones, que en unos días más publicaremos, sin embargo, creo yo, que como ciudadanos, es necesario estar al tanto de todo lo que hacen nuestros servidores públicos, como gastan el dinero del pueblo, en qué lo hacen y con qué fin, por ello es necesario de un órgano que nos garantice que se supervisa que los sujetos obligados hagan lo correspondiente, publicando todos estos datos, pero si este órgano garante tampoco cumple con la ley, como pretenden que los demás servidores lo hagan.
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