Claudia “N” fue capturada por agentes de la AIC; enfrenta acusaciones por abuso sexual y violación equiparada agravada contra una víctima menor de edad.
Por: Armando G. Barrera | criticadn.mx
Una mujer identificada como Claudia “N” fue detenida por elementos de la Agencia de Investigación Criminal de Nayarit (AIC), luego de que un juez librara una orden de aprehensión en su contra por su probable participación en hechos que la ley señala como los delitos de abuso sexual y violación equiparada agravada, cometidos presuntamente en agravio de una persona menor de edad, cuya identidad permanece bajo reserva.
Tras su captura la imputada fue puesta a disposición del Juez de Control de Primera Instancia del Sistema Acusatorio y Oral, con sede en Tepic, autoridad que deberá determinar su situación jurídica y resolver si existen elementos suficientes para vincularla a proceso.
La gravedad de las acusaciones radica en que la presunta víctima es menor de edad. De acuerdo con el Código Penal de Nayarit, el abuso sexual cometido contra una persona menor de 14 años puede alcanzar una pena de 4 a 9 años de prisión, además de multa; asimismo, existen circunstancias agravantes que pueden incrementar las sanciones.
En cuanto a la violación equiparada agravada, el artículo 295 establece que determinadas conductas se sancionan con las mismas penas previstas para la violación, mientras que el artículo 294 contempla para los casos agravados una pena de 17 a 30 años de prisión, además de multa. Entre los supuestos agravados se encuentra la violación cometida contra una persona menor de 12 años.
Por la naturaleza de los delitos que se le imputan, Claudia “N” enfrenta un proceso penal que podría derivar en una severa condena de prisión en caso de que el Ministerio Público logre acreditar su responsabilidad ante el tribunal. Sin embargo, será indispensable conocer las circunstancias concretas de los hechos, la edad de la víctima y las agravantes que eventualmente determine la autoridad judicial para establecer la pena aplicable.
La Fiscalía General del Estado mantiene bajo reserva la identidad de la víctima, en atención a su condición de menor de edad. Claudia “N” debe ser considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme emitida por la autoridad judicial competente, conforme a los principios de presunción de inocencia y debido proceso.





















