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Si la Corte elimina la prisión preventiva oficiosa, no quiero que el día de mañana me reclamen: AMLO

Pese a reprochar que el Poder Judicial es el único que ha sido exento de “una limpia de corrupción”, López Obrador volvió a defender al fiscal general, Alejandro Gertz Manero, y Arturo Zaldívar, ministro residente. *El ministro Luis María Aguilar afirma que la Prisión Preventiva Oficiosa viola los principios de presunción de inocencia, al imponer cárcel a un individuo acusado de un delito, pero que aún no ha sido sentenciado por un juez.
Por: Agencias | criticadn.mx

El debate de la prisión preventiva oficiosa volvió a dividir las opiniones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Gobierno Federal, pues, mientras los jueces apuntan a una presunta inconstitucionalidad del recurso, el Federativo insiste en que dicha medida evita la liberación de delincuentes “a diestra y siniestra”.

Así lo reiteró el presidente, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien – bajo ese tenor – aprovechó su mañanera para volver a criticar el sistema jurídico mexicano por las “liberaciones arbitrarias” que, según él, ya ponen en práctica pese a la medida cautelar.

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De ahí que el tabasqueño advirtió que no recibirá ningún tipo de reclamo en caso que la Suprema Corte decida eliminar el procedimiento – que en 2019 fue reformado para incluir a la corrupción, robo de hidrocarburos e ilícitos electorales como delitos graves.

“Si la Corte resuelve que ya no va a haber esta prisión preventiva, yo respeto la decisión, pero no quiero ser cómplice. No quiero que el día de mañana me digan: ‘¿Por qué salió este delincuente?’”, declaró el presidente.

La prisión preventiva oficiosa consiste en privar a un individuo de su libertad temporal e inmediatamente cuando se le imputen los delitos previstos en el artículo 19 de la carta magna, tales como feminicidio, violación, secuestro, homicidio doloso, trata de personas, entre otros.

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MINISTRO DE LA SCJN PROPONE ANULAR PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

Como recordaremos, el ministro Luis María Aguilar Morales propuso al Pleno de la SCJN invalidar los artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que permiten la prisión preventiva oficiosa (PPO), en un proyecto de sentencia sobre las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

‌Ministro Luis María Aguilar Morales.

En su propuesta de fallo, se afirma que la PPO viola los principios de presunción de inocencia, al imponer cárcel a un individuo acusado de un delito, pero que aún no ha sido sentenciado por un juez.

Esto, además de violar el artículo 19 de la Constitución, es contrario a las convenciones internacionales en materia de derechos humanos que nuestro país ha suscrito, sostiene el proyecto.

“La prisión preventiva no debe convertirse en una pena anticipada ni basarse en fines preventivos-generales o preventivo-especiales atribuibles a la pena, como lo hace la regla que prevé la prisión preventiva oficiosa”, advierte Aguilar.

El punto medular de la resolución declara la invalidez “de los artículos 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, así como 2º, párrafo primero, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; las cuales surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso de la Unión”.

Esto supone invalidar el catálogo de 45 delitos del CNPP que suponen la medida preventiva de PPO, entre los cuales están los que suponen delincuencia organizada, como robo de hidrocarburos.

Para que el proyecto sea aprobado, necesitará del voto mayoritario de cuando menos ocho ministros del pleno.

 

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