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SCJN ordena derogar la penalización del aborto en México; Congreso debe suprimir artículos

Al resolver el amparo promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), por unanimidad de votos, los ministros declararon inconstitucionales los artículos 330 al 334 del Código Penal Federal que criminalizan el aborto.
Por: Agencias | criticadn.mx

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo contra la criminalización del aborto a nivel federal, sin embargo, esto no implica la despenalización del mismo todavía.

Al resolver el amparo promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), por unanimidad de votos, los ministros declararon inconstitucionales los artículos 330 al 334 del Código Penal Federal que criminalizan el aborto, ya que violan los derechos de mujeres y personas gestantes.

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Proceso confirmó que, en sesión privada, los integrantes de la Primera Sala decidieron acotar los efectos para solicitarle al Congreso de la Unión que elimine los artículos mencionados, por lo que el beneficio de que las mujeres y personas gestantes accedan al aborto sin ser procesadas por delitos federales será una realidad hasta que los legisladores cumplan el amparo.

Mientras esto ocurre, los artículos que sancionan el aborto a nivel federal siguen vigentes.

En un comunicado, el GIRE festejó la resolución de la Primera Sala, que reitera el criterio dictado la semana pasada en otro juicio relacionado con la legislación de Aguascalientes.

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En este asunto, los ministros determinaron que ninguna mujer o persona con capacidades gestantes podría ser penalizada en la entidad.

La Corte ya ha determinado que la interrupción ilegal del embarazo es legal cuando no es por razones de salud de la madre o del infante, este ocurriendo antes de las 12 semanas de gestación.

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