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Reconoce Congreso igualdad de remuneración por trabajo entre mujer y hombre

Reforma a la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Por: Jesús E. Guardado/Críticadn

Impulsar el acceso de las mujeres al empleo y garantizar un salario igualitario entre hombres y mujeres cuando realicen trabajos iguales, establece la reforma aprobada en doble Sesión Pública Ordinaria por las diputadas y diputados integrantes de la Trigésima Segunda Legislatura.

La reforma a la fracción I del artículo 15 de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres, presentada por la legisladora Ana Yusara Ramírez Salazar, establece mecanismos que promoverán y vigilarán el acceso de las mujeres al empleo con un salario igualitario cuando se realicen trabajos iguales, desempeñados en puestos, jornadas y condiciones de eficiencia bajo los principios de igualdad de trato y de no discriminación.

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El decreto aprobado señala que el principio de igualdad salarial será aplicable a las instituciones del ámbito de la administración pública estatal y municipal, y a empresas públicas y privadas; será vigente para quienes tomen posesión de su encargo a partir del proceso electoral local siguiente y de las nuevas designaciones y nombramientos.

La iniciadora de la reforma hizo hincapié que la aprobación del dictamen refuerza la norma vigente en materia salarial y sobre todo establecer mecanismos para alcanzar tal propósito: “existen todavía una serie de brechas de discriminación que separan a las mujeres de los hombres, una de las más ofensivas sin lugar a dudas resulta la discriminación laboral, en la que por trabajos iguales las mujeres perciben un salario inferior a los hombres; sigamos con el compromiso que hemos demostrado en esta Legislatura con la igualdad de género y su lucha contra todo tipo de discriminación”.

Los representantes populares Ignacio Alonso Langarica Ávalos y Eduardo Lugo López se manifestaron a favor de esta reforma al referirse también al compromiso que ha asumido la actual Legislatura por trabajar a favor de los derechos de las mujeres.

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En el dictamen aprobado se define que la brecha salarial en razón de género es el porcentaje resultante de comparar el salario percibido entre un hombre y una mujer como remuneración a un trabajo realizado de igual complejidad, durante las mismas horas y en las mismas condiciones laborales.

La Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres, que forma parte del marco legal de la entidad, regula y garantiza la igualdad sustantiva de oportunidades y trato entre mujeres y hombres en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo, mediante la implementación de los mecanismos institucionales, políticas públicas y programas correspondientes.

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