Los quejosos señalaban que la continuación del proyecto del Tren Maya en el contexto de la pandemia, violaba su derecho a la salud por el riesgo de contagio.
Por: Agencias/Críticadn
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas determinó que el gobierno federal deberá abstenerse de continuar con la ejecución del proyecto del Tren Maya en los municipios de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo, Chiapas durante la actual emergencia sanitaria por covid-19, esto al conceder la suspensión a un grupo de personas pertenecientes al pueblo Maya Ch’ol que se ampararon por la continuación de las obras pese a la pandemia.
“Si bien la suspensión decretada por la juez es provisional, puesto que la definitiva se resolverá en audiencia del día 14 de mayo, consideramos que la misma permite visibilizar los potenciales daños que el proyecto denominado Tren Maya tiene para las comunidades indígenas afectadas por el mismo”, señalaron las organizaciones Indignación y Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C.
En un comunicado, detallaron que el pasado 7 de mayo, diversas personas pertenecientes al Pueblo Maya Ch´ol asentadas en los municipios de Palenque, Ocosingo y Salto del Agua, presentaron una demanda de amparo en contra del presidente de la República, del secretario de Salud federal y del director general del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) por la continuación del proyecto.
Los quejosos señalaban que la continuación del proyecto del Tren Maya en el contexto de la pandemia, violaba su derecho a la salud por el riesgo de contagio, poniendo en riesgo también el derecho humano principal a la vida.
Además los habitantes de esas comunidades argumentaron que mantener los trabajos del Tren Maya en época de pandemia les impedía participar en las manifestaciones de impacto ambiental y social a las que como comunidades tienen derecho frente a cualquier tipo de megaproyecto.
De tal forma, la Juez Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas determinó que era procedente otorgar la suspensión pues en estos momentos debe darle valor preponderante al derecho a la salud de los quejosos como integrantes de la comunidad indígena Maya Ch’ol y habitantes de localidades.
“Esta situación de manera indudable potenciarían el riesgo de los habitantes de la comunidad Maya Ch’ol de contraer el virus Covid-19, y en esa misma proporción disminuiría la posibilidad de ser atendidos y recuperarse al evadir las reglas dadas por las autoridades sanitarias para la contención del multicitado virus, esto es, cumplir resguardo domiciliario corresponsable y sana distancia, consideró la juez.
En ese sentido, señalaron, la juez no sólo priorizó el derecho al a salud de los habitantes de las comunidades Ch´oles de los municipios de Ocosingo, Palenque y Salto de Agua, sino que también reconoció que en caso de continuar los trabajos del Tren Maya bajo este contexto podría afectar otros derechos fundamentales de ese pueblo originario, como el agua, el medioambiente, recursos naturales, etcétera.
Asimismo, destacaron que es importante considerar que al momento de resolver la suspensión definitiva , el país se encontrara en la fase 3 de la emergencia sanitaria, con lo cual aumenta el riesgo a la salud, por tanto es también necesario decretar la suspensión definitiva como medida de mitigación ante el covid-19.
“En ese mismo sentido, esta nueva suspensión es un llamado más al ejecutivo federal sobre lo arbitrario de un proyecto que es impulsado a toda costa sin brindar información, ni mucho menos garantizar la participación de las comunidades indígenas afectadas”, indicaron las organizaciones sociales.
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