El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
Por: Agencias | criticadn.mx
Prepara la cartera porque te vamos a explicar qué son y cuándo toca el reparto de utilidades de 2024 para las y los trabajadores.
Para empezar, el reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.
De acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.
¿Cuándo es el pago este año y cómo se calcula?
Según lo establecido por la Secretaría del Trabajo, los empleados deben recibir el pago de sus utilidades entre el 1 de abril y el 30 de mayo en caso de que laboren para una persona moral (empresa).
Mientras que las personas que trabajan para una persona física deben recibir el pago de este derecho a más tardar el 29 de junio.
Para poder llegar a la cantidad que corresponde a cada trabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante ese período.
El monto a repartir se divide en dos: la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año y la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.
Una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en un lugar visible en el establecimiento.
Si los representantes de los trabajadores y del patrón no se ponen de acuerdo, el Inspector de Trabajo tomará la decisión.
Los trabajadores tendrán un plazo de 15 días para hacer las observaciones que juzguen convenientes; Las objeciones serán resueltas por la comisión dentro de un plazo de quince días.
¿Quiénes NO están obligados a realizar el reparto de utilidades?
- Las empresas de nueva creación
- Las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
- El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
- Las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
¿Quiénes NO tienen derecho a recibir esta prestación?
- Los trabajadores domésticos;
- Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio;
Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa - Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado
Los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.