El 9 de mayo, el presidente López Obrador advirtió que para lograr las reformas constitucionales que planea enviar en septiembre de 2024 es necesario aplicar el Plan C.
Por: Agencias | criticadn.mx
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Presidencia de la República que retire los videos y las versiones de las conferencias mañaneras del 9 y 11 de mayo de Andrés Manuel López Obrador4, en las que llama a votar por la Cuarta Transformación.
Por mayoría de votos, los magistrados avalaron el proyecto de Janine Otálora, quien propuso revocar la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que en su momento se opuso a otorgar medidas cautelares contra el mandatario.
El 9 de mayo, el presidente López Obrador advirtió que para lograr las reformas constitucionales que planea enviar en septiembre de 2024 es necesario aplicar el Plan C, con el que llamó a la población a votar parejo: “si se está en contra del clasismo, el racismo, la corrupción que se piense a la hora de votar que sea no solo para el presidente o la presidenta”.
Indicó que “lo primero que se tiene que hacer” es lograr la mayoría calificada en el Legislativo para lograr reformas a la Constitución. “Actualmente quienes están por la transformación del país tienen mayoría en diputados y senadores pero no tienen mayoría calificada que implica las dos terceras partes de los votos”, afirmó en ese momento el Ejecutivo.
“La Sala Superior del Tribunal Electoral, con los votos concurrentes del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez y el voto a favor de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante Gonzales, Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada ponente Janine Otálora Malassis, revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual negó las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática, el Partido Acción Nacional y Jorge Álvarez Máynez, respecto de diversas manifestaciones realizadas por el presidente de la República, en las conferencias matutinas del 9 y 11 de mayo”, expuso el tribunal en un comunicado.
Quienes presentaron la denuncia consideraron que las manifestaciones realizadas por el titular del Ejecutivo Federal podían influir en las preferencias electorales, añadió el TEPJF.
“Al respecto, la Comisión del INE negó las medidas cautelares al considerar que, de las manifestaciones denunciadas, no se advertía urgencia o peligro en la demora que justificara la procedencia, ya que dichas expresiones no se relacionaron con los procesos electorales del Estado de México y de Coahuila.
“En específico, porque estaban dirigidas a cuestiones relacionadas con la integración del Congreso Federal, así como a las elecciones del proceso electoral del 2024, de entre otras temáticas y, por tanto, se trataba de hechos futuros de realización incierta. Inconformes, los partidos y el ciudadano acudieron a la Sala Superior”, detalló el tribunal.
El pleno de la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, declaró procedentes las medidas cautelares, al considerar que la autoridad no realizó un análisis exhaustivo y contextual, porque no advirtió que los dichos denunciados sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto y a no votar por determinadas fuerzas políticas, y esto pudiera influir en los procesos electorales locales que trascurren, expresó el TEPJF.
“Derivado de lo anterior, también se vinculó al presidente de la República a realizar todas las acciones pertinentes para eliminar y/o modificar el contenido denunciado, y a abstenerse de presentar, difundir y publicar cualquier manifestación que vulnere el principio de imparcialidad y neutralidad.
“El TEPJF también declaró procedente la medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva, en relación con el proceso electoral federal 2023-2024, al considerar que ante la conducta reiterada del titular del Ejecutivo Federal era necesario vincularlo a abstenerse de emitir expresiones y declaraciones de índole electoral”, indicó el comunicado.
#Boletín | La #SalaSuperior vincula al titular del Ejecutivo Federal a que se abstenga de realizar expresiones y declaraciones de índole electoral en el marco de los procesos electorales.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) May 27, 2023
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