Sindicatos, Rectoría, Gobierno del Estado y Federal se pusieron de acuerdo y sí habrá financiamiento para la máxima casa de estudios.
Por: Alfredo López S./CDN
Los sindicatos de la UAN han accedido a modificar sus contratos colectivos de trabajo en el que terminarán con varios privilegios que resultan insostenibles, esto en aras de que el gobierno federal libere los recursos para la Universidad, según el convenio al que hoy se llegó en la ciudad de México.
Fue gracias a la gestión que hizo el gobernador Antonio Echevarría García ante el propio presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, para que en breve se le suelten recursos económicos a la máxima casa de estudios que vengan a oxigenar la crisis económica por la que atraviesa desde hace tres años.
Se ha reconocido, también que los líderes de los sindicatos SETUAN y SPAUAN, Luis Manuel Hernández Escobedo y Francisco Haro, pusieron mucho de su parte, pues aceptaron eliminar algunos de sus privilegios laborales con la finalidad de sacar a la máxima casa de estudios a flote.
Una de las prestaciones que cedieron los sindicatos, por ejemplificar es el “derecho” que tenían para heredar las plazas laborales, así como la “venta” de las mismas.
Otro de los acuerdos es que no habrá contratación de ningún trabajador más durante los próximos dos años, y que después de este periodo, cada vacante será ocupada bajo concurso de oposición.
Además, se resaltó una cuestión muy importante, como lo es el que no se permitirá erogar un solo peso que no sea para los propósitos de Educación Media Superior y Superior. Es decir, que ya no podrá la Universidad sufragar gastos de fiestas estudiantiles o de los trabajadores.
A CONTINUACIÓN, TE COMPARTIMOS EL DOCUMENTO DE LAS MEDIDAS QUE TOMARÁ EL SPAUAN:
Convenio para la realización de acciones sobre los problemas estructurales de la universidad autónoma de Nayarit, que celebran por una parte la universidad autónoma de Nayarit, en lo sucesivo “la universidad”, representado en este acto por el maestro Jorge Ignacio Peña González, rector y representante legal, con la asistencia del maestro Adrián Navarrete Méndez, secretario general y el maestro Juan Francisco Gómez cárdenas, secretario de finanzas y administración, y por la otra, el sindicato del personal académico de la universidad autónoma de Nayarit, en lo sucesivo “el spauan”, representado por su comité ejecutivo central, maestro José Francisco Haro Beas, secretario general; maestro Jorge Alberto González Hernández, secretario de organización; doctora Wendy Guadalupe Carvajal Hermosillo, secretaria de finanzas y previsiones y maestro Miguel Agustín Chávez Coronado, secretario de actas y acuerdos, asimismo, se denominará como “las partes” cuando se refiera a ambas, mismo que sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:
Declaraciones:
- Que se reconocen la personalidad con la que comparecen, el maestro Jorge Ignacio Peña González, en su calidad de rector y representante legal de la universidad autónoma de Nayarit, en términos de lo dispuesto por el artículo 19 de su ley orgánica, (parte patronal) y el comité ejecutivo central del sindicato de personal académico de la universidad autónoma de Nayarit (parte laboral) titular del contrato colectivo de trabajo de dichos trabajadores, maestro José Francisco Haro Beas, en su calidad de secretario general y representante legal de dicho sindicato; maestro Jorge Alberto González Hernández, secretario de organización; doctora Wendy Guadalupe Carvajal Hermosillo, secretaria de finanzas y previsiones y maestro miguel Agustín Chávez coronado, secretario de actas y acuerdos.
II. Que para los efectos derivados del presente convenio “la universidad” señalan como domicilio el ubicado en bulevar Tepic–Xalisco, sin número, campus, ciudad de la cultura “Amado Nervo” de esta ciudad, c.p. 63155, y el “SPAUAN” señala el ubicado en calle 12 de octubre sin número, esquina con José María Mercado de esta ciudad.
III. Que el presente convenio se firma con la firme convicción de encontrar soluciones estructurales para la universidad autónoma de Nayarit, que afecten en la menor medida posible el poder adquisitivo de los trabajadores académicos de la universidad.
Cláusulas:
PRIMERA.– “las partes” se obligan a llevar a cabo la contención de contrataciones de personal académico, bajo las siguientes premisas:
a). La contratación de personal académico se llevará a cabo en estricto apego a los procedimientos establecidos en la normativa universitaria y en el contrato colectivo de trabajo, conforme a las necesidades de la institución y bajo lista de prelación;
b). La modificación de la cláusula 80 del contrato colectivo de trabajo de “el SPAUAN”, para incrementar el número de horas de docencia a las que están obligados los docentes de tiempo completo;
C). Optimizar el recurso humano disponible en la universidad autónoma de Nayarit antes de la contratación de nuevo personal, y
D). Que en cinco años se lleve a cabo un programa de retiro voluntario del personal académico previo análisis correspondiente para detectar dichos supuestos, con el objeto de prescindir el 5% de las plazas actuales, siempre y cuando se logren recursos extraordinarios para este fin.
SEGUNDA.– “la universidad” se obliga en materia de nómina de personal directivo y de confianza de la universidad, a lo siguiente:
a). Optimizar la nómina mediante la creación de la categoría de personal de confianza, con la finalidad de evitar las dobles compensaciones;
B). Regular al personal docente en funciones administrativas, y
C). Regular los sueldos y prestaciones que perciben los docentes
y administrativos en funciones directivas y de confianza.
TERCERA.- sobre el fondo de pensiones y jubilaciones de la universidad “las partes” se obligan a lo siguiente:
A). Incrementar el monto de aportación al fondo de pensiones y jubilaciones del 18% al 24% por parte de “La Universidad”;
B). Incrementar del 6% al 10% el monto de aportación por parte de los trabajadores docentes, con un aumento gradual del 1% anual hasta llegar al 10%, y
C). Establecer que el personal contratado a partir del 2020 aporte el 12%.
CUARTA.– sobre el subsidio de la cuota obrera IMSS, “Las Partes” se obligan a lo siguiente:
A). Eliminar en 3 años el subsidio de la cuota obrera al IMSS por parte de la “Universidad”, y
B). Que el personal contratado a partir del año 2020 se sujete a lo dispuesto por la ley del IMSS y la cuota correspondiente a estos trabajadores no podrá ser subsidiada por “La Universidad”.
QUINTA.- sobre el subsidio al impuesto sobre la renta ISR, “las partes” se obligan a lo siguiente:
a). Eliminar en un plazo de 10 años el subsidio al ISR por sueldos y salarios que eroga “La Universidad”, y
B). Que el personal contratado a partir del 2020 no sea sujeto de subsidio de ISR.
SEXTA.- sobre prestaciones no reconocidas en el convenio de apoyo financiero SEP- GOBIERNO DEL ESTADO-UAN, las partes se obligan a lo siguiente:
A). Que, al personal docente contratado a partir del 2020, se le cubra el aguinaldo, prima de antigüedad, prima vacacional y ajuste de calendario, conforme lo establece el convenio de apoyo financiero UAN – SEP – GOBIERNO DEL ESTADO.
SÉPTIMA. – “Las Partes” mediante el presente convenio se obligan a establecer los presente acuerdos en el contrato colectivo de trabajo entre la universidad autónoma de Nayarit y el sindicato de personal académico de la misma institución educativa.
OCTAVA.- en caso de controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente convenio, las partes se someterán a los tribunales competentes de la ciudad de Tepic, Nayarit, renunciado al fuero que les pudiera corresponder debido a su domicilio presente o futuro.
Enteradas “las partes” de su valor y contenido, se manifestaron conformes, firmando el presente convenio en dos tantos originales, en la ciudad de Tepic, capital del estado de Nayarit; a los 4 días del mes de diciembre de 2019.